900 11 21 21

L-J 9:00 - 19:00
V 9:00 - 15:00

ACLARACIÓN AMPLIADA Y ACTUALIZADA DE LA FUNDACIÓN LABORAL ANTE EL INFORME DEL TRIBUNAL DE CUENTAS: La Fundación Laboral de la Construcción asegura haber actuado siempre dentro de la legalidad

La entidad paritaria del sector asegura que hizo una utilización eficiente de sus recursos y lo demuestra el hecho de haber ejecutado totalmente el plan de formación subvencionado en 2010, con un total de 5.458 cursos y 86.411 alumnos certificados

Nota de prensa

Respecto a la Nota de Prensa hecha pública por el Tribunal de Cuentas el martes 11 de noviembre sobre el Informe de Fiscalización del Tribunal sobre la gestión de los programas de formación para el empleo del ejercicio 2010, en la que se relaciona a la Fundación Laboral de la Construcción con supuestas irregularidades, esta institución paritaria quiere dejar claro que ha actuado siempre dentro de la legalidad y que ha intentado en todo momento utilizar los recursos de la manera más eficiente posible, algo que queda demostrado con la ejecución total del plan de formación subvencionado, habiendo formado a 86.411 alumnos certificados, a través de un total de 5.458 cursos impartidos durante el mencionado año.

La Fundación lamenta que se haya producido esta información sin que el citado informe del Tribunal de Cuentas fuera publicado o se hiciera llegar a las partes afectadas. Esta Fundación tuvo conocimiento, el pasado mes de julio, del anteproyecto del citado informe en la parte que le afectaba y presentó las oportunas alegaciones al mismo, aceptadas sólo en parte por el Tribunal de Cuentas, tal y como consta en el informe definitivo de Fiscalización, publicado ayer al fin por la institución auditora.

Tanto la Nota de prensa como el Informe de Fiscalización carecen de rigor en el manejo de los conceptos de "subcontratación de la actividad subvencionada" y de "contratación de proveedores", lanzando mensajes “tendenciosos” sobre nuestra actividad, al utilizar frases como “desviar a empresas especializadas la gestión de los fondos”, cuando en realidad se hace alusión a la simple contratación de proveedores.

El plan de oferta de la Fundación Laboral de la Construcción del año 2010, para el que se recibió una subvención de 41,6 millones de euros, estuvo compuesto, como ya se ha mencionado, por un total de 5.458 cursos. Para la ejecución de estos cursos la Fundación contrató servicios y materiales con más de 1.000 proveedores externos, por un importe de 32,8 millones de euros.

Elección y designación de proveedores

En lo concerniente a la elección y designación de proveedores, la Ley General de Subvenciones establece que el beneficiario de una subvención deberá solicitar como mínimo tres ofertas de diferentes proveedores cuando el gasto por adquisición de bienes de equipo o por prestación de servicios de consultoría o asistencia técnica supere los 12.000 euros (salvo que por sus especiales características no exista en el mercado suficiente número de entidades que los realicen o salvo que el gasto se hubiere realizado con anterioridad a la subvención).

Por otra parte, la Ley 43/2006 establece en su disposición adicional quinta literalmente lo siguiente: “En el ámbito de la formación profesional se considerará, a efectos de lo dispuesto en el artículo 31.3 de la Ley 38/2003, de 17 de noviembre, General de Subvenciones, que el beneficiario ha cumplido lo allí establecido cuando justifique de modo razonado que la elección del proveedor responde a los criterios de eficacia y economía, teniendo en cuenta la formación a realizar y el ámbito en que ésta se desarrolla".

En el caso del plan de oferta de la Fundación Laboral de la Construcción del año 2010, hubo proveedores que facturaron más de 12.000 euros, respecto de los cuales se aportó memoria justificativa de la contratación, de acuerdo con lo previsto en la citada Ley 43/2006.

El propio Tribunal de Cuentas plantea en su Nota de Prensa estudiar “la idoneidad de mantener esa excepción recogida en la Ley General de Subvenciones”, lo que significa admitir que su utilización es perfectamente legal.

En lo que se refiere a los rendimientos financieros que el Tribunal de Cuentas destaca no haber sido generados por la FLC de los fondos librados en esta subvención, y que considera una falta de diligencia en la gestión de estos recursos públicos, por parte de esta entidad beneficiaria, al haber permanecido ociosos los mismos, contraviniendo de esta forma el principio de eficiencia en la utilización de los recursos públicos promulgado en el artículo 8.3 de la Ley 38/2003, de 17 de noviembre, General de Subvenciones, la Fundación afirma que no tenía ninguna obligación de obtener rendimientos financieros y que en ningún momento se planteó dicha cuestión al no ser su cometido. La eficiencia en la gestión financiera de los fondos públicos corresponde a las administraciones concedentes de las subvenciones, no a sus beneficiarios.

Por último, respecto a la falta de medios internos o sistemas de control horario para determinar las horas dedicadas por su personal, la Fundación recuerda que las instrucciones de justificación establecían que las entidades beneficiarias debían disponer de documentación que recogiera las actividades en las que participa el personal implicado y el cálculo de horas dedicadas, pero no necesariamente un sistema detallado de partes de trabajo.

Suscríbete gratis a nuestros boletines de noticias.

=

CLÁUSULA DE PROTECCIÓN DE DATOS:

  • Responsable del tratamiento: FUNDACIÓN LABORAL DE LA CONSTRUCCIÓN.
  • Finalidad del tratamiento: mantener al usuario informado sobre la actualidad de la FUNDACIÓN LABORAL DE LA CONSTRUCCIÓN y del sector de la construcción.
  • Legitimación: consentimiento del interesado.
  • Destinatarios: Sus datos no van a ser cedidos a terceros, salvo que exista una obligación legal. Sólo podrán ser tratados por colaboradores de la FUNDACIÓN LABORAL DE LA CONSTRUCCIÓN para la gestión de sus sitios web.
  • Derechos de los usuarios: ejercicio gratuito de derechos de acceso, rectificación, supresión, oposición, limitación del tratamiento y portabilidad de los datos tal y como se describe en la información adicional. Puede consultar la información adicional y detallada sobre Protección de Datos en el siguiente enlace.

He leído y acepto la cláusula de protección de datos del Boletín

Para no volver a recibir el boletín puedes darte de baja AQUÍ